Según el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, se distinguen dentro del conjunto de fiestas nacionales tres tipos de festivos. Por una parte, las fiestas no sustituibles, aquellas otras que las comunidades autónomas pueden sustituir por fiestas propias, y un tercer supuesto en el que las autonomías también puedan cambiar por fiestas propias las fiestas nacionales cuya celebración haya de trasladarse a lunes por coincidir en domingo.
Así, el calendario de 2021 contempla el traslado de la festividad del 2 de mayo, día de la Comunidad de Madrid, del domingo al lunes 3 de mayo. Además, y como novedad respecto al presente calendario laboral, se declara como festivo el día 19 de marzo, San José.
La competencia para fijar el calendario de fiestas laborales corresponde al Consejo de Gobierno, si bien la decisión se toma una vez consultados los grupos parlamentarios de la Asamblea de Madrid, la Iglesia Católica y las instituciones económicas y sociales representativas en la Comunidad de Madrid.
En 2021, los festivos que tendrán lugar en la Comunidad de Madrid, a excepción de las dos festividades que corresponde a cada ayuntamiento fijar, serán 1 de enero (viernes), Año Nuevo; 6 de enero (miércoles), Epifanía del Señor; 19 de marzo (viernes), San José; 1 de abril, Jueves Santo; 2 de abril, Viernes Santo; 1 de mayo (sábado), Fiesta del Trabajo; 3 de mayo (lunes), traslado de la Fiesta de la Comunidad de Madrid; 12 de octubre (martes), Fiesta de la Hispanidad; 1 de noviembre (lunes), día de Todos los Santos; 6 de diciembre (lunes), día de la Constitución Española; 8 de diciembre (miércoles), Inmaculada Concepción, y el 25 de diciembre (sábado), Natividad del Señor.