La Ley incide sobre los elementos esenciales de la seguridad vial como son las distracciones, la velocidad, el alcohol y el no uso del cinturón de seguridad. Con esta nueva Ley se incrementan el número de puntos a detraer en determinados preceptos, sin aumentar la cuantía económica.
(Foto: Archivo).
Los cambios introducidos en la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial entran en vigor este lunes, 21 de marzo, una reforma que elimina el margen de 20 Km/h adicionales para realizar adelantamientos a otros vehículos en las carreteras convencionales.
La
DGT se ha dado
un plazo de un año para analizar la eliminación de este margen, una medida que ha generado polémica. "Somos conscientes de que hay un gran debate abierto sobre los 20 km/h; déjennos un año para ver cómo evoluciona; los datos nos darán la respuesta", avanzo el director de Tráfico,
Pere Navarro, recientemente, justificando esta medida en que
la velocidad también es una de las principales causas de accidentes de tráfico y en que
tres de cada cuatro siniestros tienen lugar en este tipo de carreteras. Navarro recordó, además que, al año, se suceden
unos 239 muertos por choque frontal en este tipo de vías.La reforma, aprobada el pasado diciembre,
no incrementa las sanciones a los infractores. "No se han aumentado las cuantías económicas de las sanciones de tráfico, hubo un debate y nos pareció que no estaban estos tiempos para aumentar las sanciones de tráfico", aclaraba Navarro.
El conjunto del proyecto de ley, que
modifica la Ley de Tráfico de 2015, tiene como objetivo el
agravamiento de las sanciones previstas para aquellos comportamientos que generan mayor riesgo para la conducción, como el uso del
teléfono móvil al volante o el mal uso de los
elementos de seguridad y protección del vehículo.
Entre las
novedades que incluye esta reforma normativa destacan la
penalización con seis puntos del carnet conducir sujetando el móvil con la mano; con
cuatro, no utilizar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil (sillitas infantiles),
casco y otros elementos de protección; así como se establece la
obligatoriedad del casco para los usuarios de vehículos de movilidad personal, como los patinetes.
La nueva ley también sustituye la
infracción grave consistente en "utilizar" mecanismos de detección de radares o cinemómetros por el mero hecho de
"llevar en el vehículo" esos dispositivos. El nuevo tipo infractor mantiene la
pérdida de tres puntos que se asignaba a la anterior infracción.
"Hemos cambiado la palabra 'utilizar' por 'llevar', porque si lo llevas, lo has comprado y lo has instalado no es para pasearlo apagado", remarcó Navarro, precisando que
la medida no afecta al uso de navegadores que avisan de la presencia de los radares.Se hace
obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta de cuatro a
seis los puntos a detraer
cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 metros, manteniendo la cuantía de
200 euros. También
se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.Por otro lado, aumenta de cuatro a
seis los puntos a detraer
por arrojar a la vía o en sus inmediaciones
objetos que pueden producir accidentes o incendios.A partir de ahora, se fija en
dos años sin cometer infracciones el plazo que tiene que transcurrir para que un conductor pueda
recuperar su saldo inicial de puntos. Hasta la aprobación de la reforma de la Ley, este periodo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida.
Asimismo, los conductores podrán
recuperar dos puntos del carné a través de la realización de
cursos de conducción segura y eficiente. Una orden Ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben de cumplir.
En relación con los
conductores menores de edad de cualquier vehículo (ciclomotores, permiso AM, motos hasta 125cc, bicicletas y vehículos de movilidad personal), la ley les prohíbe circular con una tasa de alcohol superior a 0, tanto en sangre como en aire espirado.
También
se podrán usar dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización
en el casco de los conductores de moto y ciclomotor, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en el conducción.
Se añade una nueva infracción grave,
con 200 euros de cuantía, por
no respetar las normas derivadas de escenarios anticontaminación y de las zonas de las bajas emisiones.Igualmente, se castiga con
500 euros de sanción el
uso de dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en exámenes para la obtención y recuperación de permisos de conducir u otras autorizaciones administrativas o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos. El aspirante
no podrá presentarse de nuevo en el plazo de 6 meses. "Siempre se ha copiado en los exámenes, pero con las nuevas tecnologías han aumentado los problemas", explicaba el director de Tráfico para justificar esta medida.