Lo planteaba a finales de agosto en una entrevista en Cadena SER, tras confirmar la Fiscalía que investigaba mensajes "falsos" y de "odio" en redes sociales contra migrantes, en los que se los acusaba del asesinato del pequeño de Mocejón (Toledo).
Aguilar ha abogado por introducir mejoras legales para que, por parte del Ministerio Público y los tribunales, "se pueda interesar la prohibición de acudir a entornos digitales".
"Con las herramientas que tenemos ahora podemos trabajar, pero indudablemente que algunos perfeccionamientos técnicos sí que precisaremos", ha señalado al ser preguntado si ve oportuna una reforma del Código Penal para regular este asunto.
A su juicio, "sería una pena proporcionada y necesaria" cerrar el acceso a "aquellas personas que se han servido de internet o las redes sociales para la comisión de un delito", especialmente "en los casos más graves y teniendo en cuenta las circunstancias del caso concreto".
El fiscal ha recordado que la Fiscalía de Barcelona interesó esta medida contra un 'influencer' que grababa y difundía vídeos de personas sin hogar, a los que humillaba dándoles galletas rellenas de pasta de dientes.
"Y se dictó, por parte del Tribunal Supremo, cuando estudió este caso, la primera sentencia en España que contemplaba expresamente prohibir acudir al lugar del delito, no solamente el espacio físico, sino también el espacio virtual. Y ahí tenemos un precedente jurisprudencial. Ahora, es importante que eso se traslade a la legislación", ha instado.
Aguilar ha apostado también por analizar que los usuarios de redes sociales "estén debidamente identificados. Y, sobre todo, que cuando la requiera la autoridad judicial, se facilite la identidad de las mismas".
"Porque yo, si cojo un coche o una moto, estoy plenamente identificado. Muchas veces, nos encontramos con la dificultad de que la investigación no puede prosperar porque desconocemos quién es el autor", ha indicado.
El fiscal ha explicado que un delito de odio en España es una infracción penal, "en la que una de las motivaciones principales viene determinada por el rechazo, por la animadversión y a veces el odio y prejuicios" contra determinadas personas, "por unos motivos de discriminación" que contempla el Código Penal, entre los que ha citado el racismo, la xenofobia, la homofobia o la discapacidad.
En este sentido, ha recordado que, "desde el punto de vista del derecho penal", para tipificar como delito de odio "es necesario que los hechos tengan cierta entidad y cierta gravedad".
Ha señalado, por ello, que se debe investigar los perfiles de los usuarios de redes y los contenidos que han difundido para ver "la entidad y gravedad de los mismos". También ha puesto el foco en "la capacidad de liderazgo que puedan tener ese tipo de personas" y el contexto, subrayando que, en este caso concreto, "se está difundiendo noticias totalmente falsas acerca de este asesinato, imputando a personas extranjeras o a menores no acompañados".
Así, el fiscal ha insistido en "analizar cada caso concreto" y una investigación de los fuerzas de seguridad del Estado "muy rigurosa". "Una vez que tengamos todas las piezas del puzzle es cuando se puede hacer una valoración de si esos hechos tienen una trascendencia jurídico-penal", ha argumentado.
Preguntado si cree que hay una campaña liderada por alguien detrás de los mensajes de odio, Aguilar ha dicho no saber si es así, pero ha precisado que sí que hay una estrategia, organizada o no, de criminalizar "sobre todo, a sectores muy vulnerables de la sociedad, a los migrantes, a los menores no acompañados".
"Afortunadamente, la sociedad es inteligente, sabe perfectamente, no sólo por nuestra propia historia –hemos sido una población migrante y que nuestros padres o familiares han migrado a otros países, a Latinoamérica, a Europa en los años 60, etcétera–, la importancia que tiene la inmigración y los rendimientos positivos que está dando a España, en términos de convivencia, de riqueza cultural, gastronómica, productiva... Por tanto, hay que lanzar un mensaje positivo y de esperanza de que la sociedad española sabrá situar este tipo de comportamientos en su lugar", ha celebrado.
No obstante, Aguilar ha remarcado que hace falta que los poderes públicos pongan en marcha "todas las medidas necesarias" ya previstas en las leyes. Ha citado la Ley de Servicios Digitales, que establece responsabilidades de las plataformas de redes sociales; que se desarrolle la figura de la autoría independiente de igualdad de trato, para comportamientos que sin tener gravedad para ir por lo penal, sí que pueden tener una respuesta en vía administrativa, o el Reglamento de Servicios Digitales de la Unión Europea.
"Todas estas medidas son importantes, pero, además, son necesarias campañas de prevención y campañas de sensibilización", ha añadido, para señalar que la Fiscalía no puede entrar en todo lo que se difunde, "por muy odioso y éticamente reprobable que sea".
Preguntado si los jueces pueden ordenar la retirada de las redes de contenido de odio, el fiscal ha indicado que solamente se puede acordar si es un hecho delictivo y se ha referido a las sanciones administrativas para aquellas conductas que no son delito penal.
"Luego están todos los otros contenidos, que son la inmensa mayoría, que no son delictivos", aunque "son odiosos y están afectando, indudablemente, a las condiciones de tranquilidad y de calidad de vida de muchísimas personas", ha precisado.
Sobre si considera que las redes sociales deberían tener por ley un sistema de moderación de contenidos, ha expresado que no es fácil, porque están en juego derechos constitucionales y la Unión Europea ha establecido un conjunto de reglas de buena conducta.
"Los límites han de estar en la ley. No sé si la ley tiene que acotar qué se puede publicar o no. Creo que sería bastante peligroso, en democracia, tener que acotar, pero sí creo que habría que establecer los límites en la vía penal y en el derecho administrativo sancionador", ha afirmado.