En el ejercicio diario de la abogacía, especialmente cuando se asesora a personas cuya imagen pública constituye un activo esencial –cantantes, deportistas, empresarios, líderes de opinión o 'influencers'–, hemos podido constatar un fenómeno tan creciente como alarmante: la sofisticación, anonimato y brutalidad del ciberacoso y los delitos digitales dirigidos contra personas de alta exposición mediática.
A diferencia de otras formas de ataque, la violencia digital se produce de manera silenciosa, constante y, muchas veces, invisible para el entorno inmediato del afectado, pero con consecuencias devastadoras sobre su vida profesional, su salud emocional, su seguridad familiar y, en última instancia, su patrimonio.
Desde Guerrero & Asociados, Abogados, despacho con más de 20 años de trayectoria en la defensa de derechos fundamentales y la protección jurídica de personas mediáticamente expuestas, hemos liderado numerosos procedimientos relacionados con chantajes digitales, suplantaciones de identidad en redes sociales, extorsiones con contenido íntimo o profesional, amenazas persistentes e, incluso, campañas de acoso coordinado.
El entorno digital se ha convertido en un espacio altamente expuesto, donde una persona con notoriedad pública puede convertirse, en cuestión de minutos, en víctima de:
Estas situaciones no son hipotéticas. Se han vuelto extraordinariamente frecuentes, especialmente cuando el afectado atraviesa momentos de alta visibilidad (lanzamiento de proyectos, campañas electorales, conflictos personales expuestos en prensa, etc.).
Y lo más grave: quien sufre este tipo de violencia digital se encuentra, en la mayoría de los casos, profundamente desprotegido si no cuenta con una defensa jurídica ágil, especializada y eficaz.
El ordenamiento jurídico español dispone de instrumentos para actuar frente a estos ataques, si bien su eficacia depende en gran medida de la rapidez con la que se active la defensa.
La adecuada estrategia jurídica debe contener una combinación de acciones civiles, penales, tecnológicas y reputacionales, para asegurar la protección del cliente desde un enfoque transversal.
1. Acciones penales.
El Código Penal contempla, entre otros, los siguientes delitos:
2. Acciones civiles: derecho a la intimidad, imagen y honor.
Reguladas por la Ley Orgánica 1/1982, permiten solicitar:
3. Solicitudes urgentes ante redes sociales y plataformas tecnológicas.
Protocolo interno de Guerrero & Asociados, Abogados que permite:
A menudo, quienes observan desde fuera este tipo de ataques tienden a minimizar su impacto, bajo la falsa creencia de que “ser famoso” implica estar preparado para ser blanco de comentarios, ataques u opiniones.
Sin embargo, la realidad es profundamente distinta: el ciberacoso genera ansiedad, depresión, aislamiento, pérdida de oportunidades profesionales, cancelación de contratos, ruptura de relaciones y, en casos extremos, pensamientos suicidas. La afectación va mucho más allá de lo reputacional: es humana, íntima, estructural.
Y cuando el agresor opera desde el anonimato, el sentimiento de indefensión se multiplica. Por eso, la respuesta jurídica debe ser implacable, pero también empática y estratégica, protegiendo no sólo los derechos, sino también la dignidad del afectado.
En Guerrero & Asociados, Abogados entendemos que la solución no se limita a una demanda. Por ello, nuestro servicio incluye:
Ser una persona conocida no implica tolerar lo intolerable, ni resignarse a la exposición permanente al odio, la extorsión o la burla. Toda persona –sea cual sea su nivel de notoriedad– tiene derecho a una identidad segura, una imagen protegida y una intimidad respetada.
Por eso, en nuestra firma ofrecemos a nuestros clientes una defensa que no sólo es jurídica, sino profundamente humana, estratégica, eficaz y discreta. Porque en el mundo digital cada segundo cuenta y cada error de gestión puede costar años de prestigio. Estamos para protegerte.