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Nuevas normas de tráfico: cómo y a quién afectan

El cambio no consiste únicamente en exigir más equipamiento. También modifica distancias de seguridad, adelantamientos, uso de los arcenes, actuaciones ante los atascos y determinadas normas de convivencia en las ciudades. (Foto: Agencias).

Javier Guerrero Guerrero, CEO, fundador y director Jurídico de Guerrero & Asociados, Abogados

Redaccion | Viernes 23 de octubre de 2026
El nuevo Reglamento General de Circulación, aprobado por la Dirección General de Tráfico, entró en vigor este 1 de octubre. La reforma sitúa a las personas en el centro de la movilidad, "dejando atrás un modelo centrado en la carretera y el vehículo", explican desde el gabinete jurídico Guerrero & Asociados, Abogados.

Desde el pasado 1 de octubre, circular por las calles y carreteras españolas exige prestar atención a nuevas reglas. La mayoría proceden del Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, donde la reforma actualiza el Reglamento General de Circulación con un objetivo claro: reducir los riesgos para quienes tienen menos protección física ante un siniestro, como peatones, ciclistas, usuarios de patinetes eléctricos y motoristas.

La propia Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda que, en 2024, estos colectivos representaron el 51% de las personas fallecidas en las vías españolas.

El cambio no consiste únicamente en exigir más equipamiento. También modifica distancias de seguridad, adelantamientos, uso de los arcenes, actuaciones ante los atascos y determinadas normas de convivencia en las ciudades.

Aunque la mayor parte de las novedades ya están vigentes, algunas obligaciones cuentan con un periodo transitorio hasta octubre de 2027.


Patinetes eléctricos: casco y mínimo 15 años

Una de las novedades más visibles afecta a los vehículos de movilidad personal (VMP), categoría en la que se incluyen los patinetes eléctricos. Desde el 1 de octubre, nadie menor de 15 años puede conducirlos. Además, el casco de protección, homologado o certificado y correctamente abrochado, es obligatorio para sus conductores.

Durante la noche o en circunstancias de visibilidad reducida, se exige al menos un elemento luminoso o reflectante de uso personal visible a 150 metros; la DGT recomienda y destaca el chaleco reflectante. El alumbrado del propio VMP deberá estar encendido también durante el día, pero esa obligación específica se exigirá a partir del 1 de octubre de 2027.

Los patinetes siguen sin poder circular por aceras, autopistas, autovías ni travesías. Sin embargo, fuera de los núcleos urbanos se admite su circulación por vías ciclistas o rutas segregadas del tráfico a motor cuando no exista una prohibición señalizada.

Los ayuntamientos mantienen competencias para determinar por qué calles y espacios urbanos se puede circular.


Bicicletas: adelantamientos y nuevas reglas

En las carreteras interurbanas, el casco pasa a ser obligatorio para todos los ciclistas, sin las exenciones que antes se permitían en determinadas circunstancias.

Los conductores que adelanten a una bicicleta deben guardar al menos 1,5 metros de distancia lateral y reducir su velocidad en un mínimo de 20 km/h con respecto al límite de la vía. Si existen varios carriles en el mismo sentido, es obligatorio cambiar completamente de carril.

 

 

En el ámbito urbano, las bicicletas deben circular preferentemente por el centro de su carril cuando las condiciones de seguridad lo permitan. Los vehículos a motor que circulen detrás, en ese mismo carril, han de mantener al menos cinco metros de separación. Además, los municipios podrán autorizar, con la señalización adecuada, que las bicicletas circulen en ambos sentidos por calles de un único carril limitadas a 30 km/h o menos.

Las aceras quedan reservadas a los peatones. Como excepción, las ordenanzas municipales pueden permitir que menores de hasta 12 años circulen en bicicleta por ellas si van acompañados por un adulto que camine.

En los demás espacios peatonales, los municipios pueden regular ciertos usos compartidos, sin eliminar la prioridad del peatón.


Motos y ciclomotores: más protección personal

Quienes conducen o viajan en motocicletas y ciclomotores deben utilizar guantes de protección en las vías interurbanas y calzado cerrado, que cubra todo el pie, tanto en ciudad como en carretera.

Para los cascos se exige la homologación correspondiente; en el caso de los ciclomotores, la norma permite utilizar durante un año los cascos simplemente certificados, hasta el 1 de octubre de 2027. Se mantienen las excepciones previstas para vehículos con estructuras de autoprotección y cinturones de seguridad.

 

 

Otra novedad afecta al arcén derecho. Las motocicletas podrán utilizarlo en algunos tramos señalizados, cuando los carriles estén detenidos por congestión, pero únicamente en fila de a uno, con especial precaución y sin superar los 30 km/h. No es, por tanto, una autorización general para circular por el arcén o para esquivar cualquier atasco.


Repartidores, con casco y chaleco

La reforma presta atención a quienes trabajan sobre dos ruedas. Los repartidores y demás profesionales que utilicen bicicletas, patinetes, motocicletas o ciclomotores deberán llevar casco y chaleco reflectante de alta visibilidad durante sus desplazamientos profesionales.

La intención es reducir la exposición de trabajadores, que pasan muchas horas entre vehículos y realizan paradas frecuentes.


Peatones, semáforos y entornos escolares

En las calles de plataforma única, donde acera y calzada comparten nivel, se refuerza la prioridad peatonal. También se regula que, como norma general, el semáforo ámbar intermitente para vehículos no coincida con la luz verde fija de los peatones. La DGT admite excepciones justificadas mediante un informe técnico municipal; por eso las modificaciones semafóricas pueden aplicarse de manera progresiva.

El Reglamento reconoce los caminos escolares seguros y facilita medidas para reducir la velocidad y limitar el tráfico cerca de colegios, hospitales y centros de personas mayores. Los ayuntamientos tienen margen para adaptar sus ordenanzas, pero no pueden contradecir las reglas estatales.

 

 

Atascos, nieve y servicios de emergencia

En autopistas y autovías, cuando el tráfico se detiene o avanza a paso de peatón por una retención, los vehículos deben apartarse para crear un “carril de emergencia”. En las vías de dos carriles por sentido, se abre un espacio en el centro. Si hay tres o más, los del carril izquierdo se desplazan a la izquierda y los de los demás carriles, a la derecha. Ese hueco permite circular a ambulancias, bomberos y otros servicios prioritarios.

 

 

La circulación con nieve también se regula con mayor precisión: cuando las condiciones de la calzada dificulten la marcha, no se puede adelantar y se deben reservar carriles para emergencias y quitanieves. En vías de tres o más carriles por sentido puede usarse, además del derecho, su carril contiguo; los restantes deben quedar libres.

Por otra parte, al rebasar vehículos inmovilizados por avería, accidente o trabajos de auxilio en la calzada, se exige dejar 1,5 metros de separación y reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto del límite permitido.


Cinturón de seguridad, estacionamiento y ciudades

Los conductores de taxis, vehículos de mercancías y coches de autoescuela ya no cuentan con determinadas exenciones al uso del cinturón de seguridad: deben llevarlo abrochado conforme a la nueva regulación. Se mantiene una excepción específica para quienes prestan asistencia a pacientes dentro de ambulancias asistenciales en servicio de urgencia.

La reforma también aclara cómo deben estacionar las autocaravanas: sin desplegar elementos que sobresalgan de su perímetro, sin verter fluidos del habitáculo y apoyadas en sus neumáticos, con posibilidad de utilizar calzos de seguridad.

En las ciudades, el nuevo título VI del Reglamento reconoce las facultades municipales para regular estacionamiento, zonas de bajas emisiones, acceso a áreas restringidas y medidas de accesibilidad, siempre dentro de la ley.


Sanciones y qué falta por entrar en vigor

El incumplimiento de diversas obligaciones de protección, como las nuevas exigencias de casco o chaleco para determinados usuarios y los guantes de los motoristas, puede constituir una infracción grave sancionada con 200 euros, según explica la DGT. No todas las infracciones llevan automáticamente la misma multa o retirada de puntos: la consecuencia concreta depende de la conducta cometida.

Conviene distinguir las medidas que ya se aplican desde el 1 de octubre de 2026 de las que tienen un plazo de adaptación. Hasta el 1 de octubre de 2027 no será exigible llevar encendido de día el alumbrado del patinete ni habrá finalizado el periodo transitorio de los cascos certificados de ciclomotor. Las especificaciones técnicas de determinados guantes se desarrollarán mediante una orden ministerial.



Prioridad a la protección de las personas

La clave de esta reforma es sencilla: la seguridad vial deja de medirse sólo por la fluidez del tráfico y concede más espacio a la protección de las personas.

Para conductores y usuarios de vehículos de dos ruedas, conocer los cambios y adaptar sus hábitos es, desde ahora, parte esencial de circular con responsabilidad.


Javier Guerrero Guerrero
Guerrero & Asociados, Abogados

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