Con la colaboración del comparador de seguros acierto.com, analizamos esta situación en la actualidad y ofrecemos algunas soluciones.
Así, desde 2008 y con la crisis económica, el movimiento 'okupa' empezó a hacerse más fuerte. En concreto, y según las cifras de condenados por el delito de usurpación de viviendas publicadas por el Instituto Nacional de Estadística (INE), en 2018 se dictaron 6.028 sentencias por este tipo de infracción y alrededor de 90.000 viviendas fueron 'okupadas' en toda España. Actualmente, y según datos que facilita acierto.com, se calcula que la cifra ronda las 100.000.
Se trata de una práctica castigada por el Código Penal con multas de entre tres y seis meses y, en caso de violencia o intimidación, de uno a dos años de prisión. Por desgracia, los números continúan creciendo, y las zonas de costa y segundas residencias empiezan a situarse entre las más afectadas. La falta de movimiento ocasionada por el confinamiento y las calles poco frecuentadas podrían acabar agravando la situación.
Tan grave es el asunto que el Congreso aprobó en 2018 una ley que permite el desahucio exprés (garantiza una sentencia en menos de 20 días). Y si bien los propietarios cuentan con un mayor respaldo judicial, el asunto económico es otra cuestión. Un proceso judicial puede suponer un gran desembolso: abogado, procurador, trámites jurídicos, etc. Por fortuna, existen seguros que contemplan estos supuestos.
Por ejemplo, existen seguros de hogar que, además de cubrir los riesgos básicos, ofrecen coberturas adicionales en caso de ocupación ilegal. Otra herramienta puede ser contratar un seguro de protección jurídica, que contemple las reclamaciones también en el ámbito de la vivienda y que nos ampare legalmente si alguien 'okupa' nuestra vivienda.
Si nos centramos en la primera modalidad, algunas compañías cuentan con pólizas de hogar 'premium', que cubren, dentro de su garantía de defensa jurídica, los procedimientos por ocupación ilegal de la vivienda. En este seguro también pueden contemplarse los actos vandálicos y acciones tumultuarias, de manera que los daños ocasionados por los 'okupas' quedarían cubiertos.
Respecto al seguro de protección jurídica, ofrece una protección sobre los derechos de la vivienda, encargándose entre otras cuestiones de las reclamaciones por ocupación ilegal.
En definitiva: si bien no es obligatorio asegurar una vivienda deshabitada, sí es recomendable. En todo caso, y más allá de un buen seguro que cubra la Responsabilidad Civil –que se haga cargo de los daños causados a los vecinos colindantes y otros terceros–, será especialmente interesante contar con una amplia cobertura de defensa jurídica. Con esta garantía, tendremos el respaldo de la compañía, que se hará cargo de las demandas de terceros y de los problemas legales fruto de la okupación.
Para acabar, no podemos perder de vista el derecho constitucional a la propiedad privada y a la inviolabilidad del domicilio. Ni tampoco que otros derechos (como el 'derecho a una vivienda digna') no deberían satisfacerse a su costa. Asimismo, la 'okupación' no solo perjudica a estos particulares, sino que tiene un impacto negativo sobre la seguridad jurídica, el urbanismo y las inversiones.