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Más Madrid ha exigido a Almeida que "no recurra" la decisión y que "devuelva ya el dinero injustamente cobrado"

La Justicia anula la tasa de basuras del Ayuntamiento de Madrid por "defectos sustanciales" en su tramitación

La resolución pone especial énfasis en la función del trámite de información pública como garantía del derecho de participación ciudadana.
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La resolución pone especial énfasis en la función del trámite de información pública como garantía del derecho de participación ciudadana. (Foto: Ayuntamiento de Madrid)
Por Redaccion
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promanillosmasinteresmadridcom/12/1/12/29
lunes 23 de marzo de 2026, 19:44h
Actualizado el: 24 de marzo de 2026, 19:52h
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado la tasa de basuras del Ayuntamiento de Madrid por defectos en su tramitación. La sentencia resalta la importancia de la transparencia y la participación ciudadana, criticando la falta de información que ha impedido el control del tributo.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado la tasa de basuras del Ayuntamiento de Madrid por "defectos sustanciales" en su tramitación, al no incorporar los anexos relativos al estudio de generación de residuos por actividades económicas.

Así consta en una resolución, contra la que cabe recurso, en la que la Sala estima los recursos interpuestos por varias instituciones y organizaciones contra la Ordenanza Fiscal 8/2024 del Ayuntamiento de Madrid. Así, se declara la nulidad de pleno derecho del citado tributo.

La resolución analiza el procedimiento de aprobación de la ordenanza y concluye que se produjo una infracción sustancial de las normas que lo rigen, al haberse omitido durante el trámite de información pública parte esencial del informe técnico-económico que servía de base para la determinación de la tasa.

En concreto, según exponen los magistrados, no se incorporaron ni publicaron los anexos relativos al estudio de generación de residuos por actividades económicas, documentos que, a juicio de la Sala, resultan imprescindibles para comprender y fiscalizar la cuantificación del tributo.

Según la sentencia, la ordenanza fue aprobada en el contexto de la obligación legal impuesta por la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados, que exige a las entidades locales implantar sistemas de financiación basados en el principio de "quien contamina paga".

No obstante, subraya que dicha finalidad no exime del cumplimiento estricto de las garantías procedimentales ni de la obligación de motivar adecuadamente los elementos esenciales de la tasa.


Informe técnico, esencial

En este sentido, la sentencia recuerda que el informe técnico-económico constituye una pieza esencial en el establecimiento de tasas municipales, al ser el instrumento que permite justificar tanto el coste del servicio como los criterios utilizados para la determinación de la cuota.

De acuerdo con la doctrina consolidada del Tribunal Supremo, este informe no puede limitarse a ofrecer datos numéricos o resultados finales, sino que debe contener una explicación razonada y completa de la metodología empleada, de modo que permita verificar la adecuación de la tasa a los principios de legalidad, proporcionalidad y equivalencia.

La Sala ha examinado el contenido del informe publicado y concluye que, aunque incluía determinados resultados y cifras, no permitía conocer el proceso mediante el cual se habían obtenido, especialmente en lo relativo a la atribución de los residuos a las distintas actividades económicas y a la configuración de las denominadas zonas homogéneas.

Esta información, esencial para entender la estructura de la tarifa por generación, se encontraba exclusivamente en los anexos omitidos. El tribunal rechaza el argumento del Ayuntamiento de que dichos anexos tenían carácter meramente auxiliar o complementario, considerando que contenían el núcleo metodológico del sistema de cálculo de la tasa, incluyendo los estudios estadísticos, los criterios de segmentación y las técnicas empleadas para estimar la generación de residuos.

La ausencia de esta información impidió conocer la trazabilidad entre la actividad económica y la carga tributaria, lo que compromete la transparencia del sistema y la posibilidad de control por parte de los ciudadanos.


Garantía de la Participación Ciudadana

La resolución pone especial énfasis en la función del trámite de información pública como garantía del derecho de participación ciudadana. Según señala la Sala, este trámite no puede concebirse como un mero formalismo, sino como un instrumento que permite a los interesados examinar el expediente en su integridad y formular alegaciones fundadas.

Para que este derecho sea efectivo, la Administración debe poner a disposición del público toda la documentación relevante, sin excepciones ni limitaciones. La falta de publicación de los anexos –dicen los magistrados–, privó a los ciudadanos de la posibilidad de conocer los fundamentos técnicos de la ordenanza y de cuestionar, en su caso, la corrección de los criterios utilizados.

Esta situación generó una indefensión material que, conforme a la jurisprudencia, constituye causa de nulidad de pleno derecho. Por último, la Sala recuerda que no resulta suficiente que la Administración alegue la posibilidad de acceso a la documentación a través de solicitudes individuales, ya que la exigencia legal es la publicidad íntegra del expediente durante el periodo de información pública.

Tampoco considera admisible sustituir la explicación metodológica por la mera exposición de resultados, al entender que ello impide verificar la racionalidad del cálculo de la tasa.

El Ayuntamiento estudia recurrir

Los servicios del Ayuntamiento de Madrid están analizando la sentencia y sus efectos, así como la posibilidad de presentar recurso, han informado fuentes municipales, que han puesto el foco en que las sentencias del TSJM abordan únicamente aspectos "estrictamente formales" de la ordenanza fiscal.

En concreto, apuntan a que se señala que, en el Estudio Económico, no se incluyó un anexo elaborado por una empresa, en la que se recogían datos para valorar la generación de residuos en los usos catastrales no residenciales. Los servicios técnicos municipales consideraron que esta información era auxiliar y que en el estudio económico quedaba justificada la metodología aplicada para calcular el diseño de la tasa en estos usos.

Además, este documento se incluyó en el expediente tras su aprobación definitiva por la Junta de Gobierno, antes de elevarlo al pleno para su aprobación, han indicado.

A lo que suman que las sentencias "no entran en ningún momento en cuestiones de fondo de la tasa, no valoran el diseño de la misma, ni la metodología de cálculo".


"Chapuza administrativa", según Más Madrid

La portavoz de Más Madrid en el Ayuntamiento, Rita Maestre, ha acusado este lunes al Gobierno de José Luis Martínez-Almeida de haber hecho una "chapuza administrativa" con la tasa de residuos para "tener media Madrid hecha una porquería".

Así lo ha trasladado en una publicación de la red social 'X', después de que la Justicia haya anulado la tasa de basuras municipal por "defectos sustanciales" en su tramitación, donde ha apuntado, además, que el 'tasazo' era "injusto e ilegal", motivo por el que Más Madrid lo recurrió y "animó" a los madrileños a hacer lo mismo.

"Era (un tasazo) injusto, porque Almeida quería cobrar 150 euros de media para tener la mitad de Madrid hecho una porquería. Y era ilegal porque tenían tanta prisa por cobrar que hicieron una chapuza administrativa", ha explicado Maestre.


La portavoz de Más Madrid también ha recordado, posteriormente, que la tasa diseñada por el Gobierno municipal "no tenía en cuenta la proporcionalidad". "Es decir, querían que pagaran 150 euros, independientemente de lo que se ensuciara", ha subrayado.

En este sentido, también ha señalado que se trata de una tasa que "castiga" a los barrios del sur y del este de Madrid. "Los barrios que, casualmente, son los que menos se limpian", ha apostillado Maestre.

Finalmente, ha exigido a Almeida que "no recurra" la decisión y que "devuelva ya a cada madrileño el dinero injustamente cobrado".

La Fravm pide responsabilidades a Almeida

La Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM) ha tildado de "chapuza" la tasa municipal de basuras y ha exigido su paralización inmediata, además de pedir responsabilidades políticas al Gobierno de José Luis Martínez Almeida tras su anulación por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

"Estamos ante una nueva chapuza del equipo de Gobierno de José Luis Martínez-Almeida, un error gravísimo que, de nuevo, genera incertidumbre y desconfianza en la vecindad, por no hablar de lo que puede costar al erario público", ha señalado la FRAVM en un comunicado.

La entidad vecinal ha advertido de que esta situación genera "incertidumbre y desconfianza en la vecindad" ante una tasa que se tramitó de manera "improvisada, injusta y chapucera".

En este sentido, la FRAVM ha criticado la falta de acceso a documentos clave, como "los anexos del informe técnico económico", "esencial" para comprender cómo se calculaba la tasa. "¿Cómo podíamos alegar adecuadamente, si desconocíamos la forma en la que el Ayuntamiento había calculado la cuantía de cada barrio?", ha preguntado la FRAVM.

"Al ocultar esta información, el Ayuntamiento no sólo ha cometido un error de procedimiento administrativo, sino que ha generado una verdadera indefensión real y una vulneración de los derechos a la participación ciudadana. Y es que no se puede exigir un esfuerzo económico a las vecinas y los vecinos mientras se ocultan las cuentas que lo justifican", ha apostillado la FRAVM, que ha insistido en reclamar responsabilidades políticas ante el "caos jurídico" generado por lo que ha calificado como "chapuza administrativa".

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