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Los viajeros procedentes de Reino Unido deberán presentar un certificado de vacunación y no podrán llegar solo con PCR

España incrementará las restricciones de viaje ante las nuevas variantes de la COVID19

España aumenta las restricciones a los viajeros desde terceros países a la Unión Europea, desde las 00.00 horas del 1 de diciembre, por la aparición de la variante Ómicron.
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España aumenta las restricciones a los viajeros desde terceros países a la Unión Europea, desde las 00.00 horas del 1 de diciembre, por la aparición de la variante Ómicron. (Foto: Archivo)
Por Jon M. Rhode
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promanillosmasinteresmadridcom/12/1/12/29
domingo 28 de noviembre de 2021, 09:34h
España aumenta las restricciones a los viajeros desde terceros países a la Unión Europea, desde las 00.00 horas del 1 de diciembre, por la aparición de la variante Ómicron. Así, los viajeros procedentes de Reino Unido sólo podrán llegar si presentan un certificado de vacunación, y no con PCR negativo, como ocurría hasta ahora.

La nueva orden, publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado, modifica la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, sobre los criterios para la restricción temporal de viajes.

Hasta ahora, los viajeros de Inglaterra, Escocia, Gales e Irlanda del Norte tenían una exención que quedará suprimida a partir del miércoles con la modificación señalada. Desde estos países, sólo podrán entrar en España "personas provistas de un certificado de vacunación que el Ministerio de Sanidad reconozca con este fin, previa comprobación por las autoridades sanitarias, así como los menores acompañantes a los que el Ministerio de Sanidad extienda los efectos".

También se opta por suprimir a Namibia del listado de terceros regiones administrativas especiales y demás entidades y autoridades territoriales cuyos residentes no se ven afectados por la restricción temporal de viajes no imprescindibles a la UE a través de las fronteras exteriores, en vista de que figura entre los países con respecto a los cuales los Estados miembros consideran pertinente aumentar las precauciones.

Además, la nueva orden recoge los "terceros países, regiones administrativas especiales y demás entidades y autoridades territoriales cuyos residentes no se ven afectados por la restricción temporal de viajes no imprescindibles a la UE a través de las fronteras exteriores en los términos recogidos en esta orden".

Estos países son Argentina; Australia; Baréin; Canadá; Chile; Colombia; Indonesia; Jordania; Kuwait; Nueva Zelanda; Perú; Catar; Ruanda; Arabia Saudí; Corea del Sur; Emiratos Árabes Unidos; Uruguay; China, además de las regiones administrativas especiales de la República Popular China, Hong Kong y Macao; junto con entidades y autoridades territoriales no reconocidas como Estados por al menos un Estado miembro de la Unión Europea: Taiwán.

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