Correos ha recordado que los electores que decidan votar por correo en las elecciones madrileñas del próximo 4 de mayo pueden solicitar hasta el día 24 de abril (incluido) el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral.
La obtención de
este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia y puede solicitarse por vía telemática a través de la
web o en cualquier oficina de Correos de España, en su horario habitual.
En el modelo de solicitud online, que evita desplazamientos y minimiza el contacto social, los interesados deben acreditar su personalidad mediante firma electrónica, aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).
La solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad, acreditada mediante certificación médica oficial, que le impida la formulación personal de dicha petición.
En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente. En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales.
La fase de la entrega de la documentación electoral al solicitante por parte del cartero o cartera se adapta a la nueva coyuntura. El protocolo de seguridad puesto en marcha por Correos desde el inicio de la pandemia para evitar la firma en la PDA e impedir que los destinatarios de los envíos y el cartero toquen este equipamiento, se extiende a la entrega de la documentación electoral.
Así, personal de Correos comprobará la identidad del votante mediante el DNI, Pasaporte o Permiso de Conducir y anotará el número del documento identificativo dando fe de la recepción de los sobres y papeletas, sin que sea imprescindible que el elector firme esta entrega. Por su parte, los ciudadanos deberán estar adecuadamente protegidos con mascarilla cuando se les realice la entrega.
En el tercero de los pasos que conforman el proceso de voto por correo, el de la formalización del voto, también se pone en marcha un nueva posibilidad. El elector, si lo desea, tendrá la opción de entregar al cartero o cartera el sobre cumplimentado a cambio de un justificante acreditativo del depósito de su voto.
Se evita así tener que acudir posteriormente a una oficina de Correos, medida extraordinaria adoptada con motivo de la pandemia de la COVID19, para la protección de la salud de los votantes y del personal de Correos en las elecciones autonómicas madrileñas.
En las oficinas con más electores se han habilitado ventanillas exclusivas para el voto por correo, con el objeto de agilizar este trámite. Asimismo, en la Comunidad de Madrid se han ampliado los horarios de 170 oficinas y todas están abriendo los sábados del mes de abril.
Además, se han formalizado 970 contratos de refuerzo, para los puestos de atención a los ciudadanos en las oficinas, reparto de envíos y tareas logísticas en los centros afectados.