El Tribunal Supremo ha condenado al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortíz, a dos años de inhabilitación y una multa de 7.200 euros por revelación de secretos, ordenando indemnizar a Alberto González Amador con 10.000 euros.
El Tribunal Supremo (TS) ha condenado al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortíz, a dos años de inhabilitación y una multa de 7.200 euros por un delito de revelación de secretos contra Alberto González Amador –novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso–, a quien ordena indemnizar con 10.000 euros por daños morales.
El fallo no ha sido por unanimidad. Ha contado con el apoyo de cinco magistrados --Andrés Martínez Arrieta, Manuel Marchena, José Ramón Berdugo, Antonio del Moral y Carmen Lamela– y con el voto discrepante de las magistradas progresistas Ana Ferrer y Susana Polo.
De hecho, Polo era la magistrada ponente, esto es, la encargada de redactar la sentencia, pero su discrepancia con el sentido de la misma ha llevado a que sea Martínez Arrieta, presidente de la Sala de lo Penal y del tribunal que juzgó a García Ortiz, quien asuma esta función.
El tribunal, de mayoría conservadora, ha fallado tan solo una semana después de que concluyera un juicio histórico, porque ha sido la primera vez que un fiscal general del Estado se ha sentado en el banquillo de los acusados.
El fallo se ha adelantado este jueves, comunicándoselo a las partes, pero no surtirá efectos hasta que se notifique formalmente la sentencia, que ni siquiera está aún redactada.
Sólo se conoce un párrafo, el del fallo: "Debemos condenar y condenamos a García Ortiz, fiscal general del Estado, como autor de un delito de revelación de datos reservados, del artículo 417.1 del Código Penal, a la pena de multa de 12 meses con una cuota diaria de 20 euros e inhabilitación especial para el cargo de fiscal general del Estado por tiempo de dos años".
Dicho precepto castiga a "la autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados", con pena de multa de 12 a 18 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 1 a 3 años.
Daños morales a González Amador
El fallo determina también una responsabilidad civil a favor de González Amador en concepto de daños morales, en la cuantía de 10.000 euros –lejos de los 300.000 euros que reclamaba la acusación particular–, y las costas procesales.
Los magistrados se han regido por las peticiones efectuadas durante el juicio. Por un lado, las que reclamaban una sentencia condenatoria: la acusación particular que ejerce González Amador y las seis acusaciones populares: la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), Manos Limpias y la acusación popular unificada que lidera la Fundación Foro Libertad y Alternativa –que incluye a Vox y Hazte Oír– Y por el otro, las que pedían la absolución: la Fiscalía y la Abogacía del Estado, en representación de García Ortiz.
Las acusaciones presentaron un abanico de opciones de cara a una condena: delito de revelación de secretos, de violación de secretos, de prevaricación o infidelidad en la custodia de documentos.
El abogado de González Amador pidió que se condenara a García Ortiz a cuatro años de cárcel y tres años de inhabilitación y suspensión de empleo por un presunto delito de revelación de secretos. También reclamó una multa de 108.000 euros y otros 300.000 euros en concepto de daños morales.
La APIF es la acusación que propuso la condena más alta: seis años de cárcel y 12 años de inhabilitación por delitos que van más allá de la revelación de secretos, apuntando en concreto a prevaricación. En su caso no pidió responsabilidad civil "al entender que corresponde en exclusiva a la víctima".
Por su parte, el ICAM reclamó al Supremo que condenase al fiscal general por un delito de revelación de secretos a cuatro años de cárcel, tres años de suspensión de empleo y sueldo e inhabilitación, y que le impusiese una multa de 81.000 euros.
En cuanto a la acusación popular unificada, Fundación Foro Libertad y Alternativa, Vox y Hazte Oír plantearon una condena de cuatro años de cárcel y tres años de suspensión de empleo y sueldo e inhabilitación por un delito de revelación de secretos y otro de prevaricación.
Manos Limpias rebajó en el juicio su petición de prisión, de cuatro a tres años, al tener en cuenta que se filtraron a los medios "hechos relativos al proceso" y "datos personales" del fiscal general. Además, planteó que, en caso de que no se condenase a García Ortiz por violación de secretos, se le impusiera una pena de dos años de prisión e inhabilitación por el mismo delito. Como tercera opción, propuso una pena de dos años de inhabilitación y multa de 108.000 euros.
La incógnita de los hechos
Desde que arrancó el caso, primero en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) y después en el Supremo, los hechos han ido variando, algo que se trasladó al juicio, que giró en torno a dos cuestiones.
Por un lado, la presunta filtración de García Ortiz a la 'Cadena SER' la noche del 13 de marzo de 2024 del correo electrónico que la defensa de González Amador envió el 2 de febrero de ese año a la Fiscalía ofreciendo que su cliente reconociera los dos delitos fiscales por los que estaba investigado a cambio de evitar la cárcel.
Y, por otro, la nota de prensa que el Ministerio Público emitió a las 10.22 horas del 14 de marzo para desmentir la noticia publicada por 'El Mundo' a las 21:29 del día anterior, donde se decía que era el fiscal quien ofrecía pactar a González Amador.
Al abrir causa, el Supremo descartó el carácter delictivo de la nota de prensa, pero posteriormente el magistrado instructor Ángel Hurtado la recuperó como objeto de sus pesquisas. A juicio se llegó con el foco puesto en el 'email' de 2 de febrero, pese a lo cual durante su desarrollo se volvió a poner sobre la mesa el citado comunicado.
Las acusaciones, encabezadas por la de González Amador, argumentaron que en realidad la filtración del 'email' era un mero medio para el verdadero fin, que fijaron en publicar ese comunicado incluyendo que el empresario reconocía los hechos. Su abogado alegó que eso le había provocado un enorme perjuicio. La pareja de Díaz Ayuso afirmó en su declaración que eso le había convertido "el delincuente confeso del Reino de España". "Me voy de España o me suicido", llegó a decir.
Del otro lado, la defensa y la Fiscalía sostuvieron que "la única filtración acreditada" es la de otro correo, el enviado el 12 de marzo de 2024 por el fiscal Julián Salto al abogado de González Amador para aclararle que, pese a que ese mismo día había trascendido a la prensa la investigación contra su cliente por delitos fiscales, la conformidad aún era posible.
En el juicio se determinó que el letrado mandó un pantallazo de ese 'email' al empresario junto a un breve texto que decía todo seguía en pie, mensaje que González Amador rebotó al jefe de gabinete de Díaz Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, con la autorización para usarlo. Y así lo hizo, entre periodistas "desde las 19:00" del 13 de marzo, subrayó la defensa.
De los más de 40 testigos que comparecieron en los seis días de juicio, destacó el testimonio de varios periodistas que aseguraron que conocían la información relevante antes de que García Ortiz la recibiera en su correo electrónico a las 21.59 horas del 13 de marzo; y el de la jefa de la Fiscalía Superior de Madrid, Almudena Lastra, que declaró que en todo momento avisó de que se filtraría. "Álvaro, has filtrado tú?", le preguntó, algo que él negó.
García Ortiz reivindicó su inocencia, subrayando que su actuación estuvo motivada por su "obsesión" con averiguar qué había sucedido y defender a la Fiscalía y sus miembros de lo que consideraba una campaña de desprestigio lanzada desde el aparato institucional de la Comunidad de Madrid. "La verdad no se filtra, la verdad se defiende", concluyó su intervención.