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Sobre la despensa solidaria, el auto replica que dicha asistencia es "suficientemente cubierta por los Servicios Sociales"

Un juzgado desestima la cautelar para suspender el desalojo del EVA previsto para este lunes

El juzgado ha desestimado la medida cautelar de suspensión solicitada por el EVA, resolución que no es firme y contra la que puede interponerse recurso de apelación en 15 días.
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El juzgado ha desestimado la medida cautelar de suspensión solicitada por el EVA, resolución que no es firme y contra la que puede interponerse recurso de apelación en 15 días.
Por Redacción Centro
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promanillosmasinteresmadridcom/12/1/12/29
lunes 08 de febrero de 2021, 02:41h
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 31 de Madrid ha desestimado la medida cautelar de suspensión del desalojo del Espacio Vecinal de Arganzuela (EVA), previsto para este lunes, tras el recurso presentado por el Ayuntamiento de Madrid.
Un juzgado desestima la cautelar para suspender el desalojo del EVA previsto para este lunes
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En un auto, fechado el pasado 5 de febrero, el juzgado desestima la medida cautelar de suspensión solicitada por el EVA, resolución que no es firme y contra la que puede interponerse recurso de apelación en 15 días.

El EVA justificaba ante la Justicia la necesidad de prorrogar la cesión del espacio en el antiguo Mercado de Frutas y Verduras de Legazpi para "continuar desempeñando la actividad esencial de alimentar a las familias del distrito que se encuentran en situación de pobreza extrema y que, debido a la situación de colapso en que se encuentran los servicios sociales municipales, sería imposible atender con carácter inmediato si se cierra la despensa de alimentos el próximo 8 de febrero para devolver el inmueble al Ayuntamiento".

El Ayuntamiento justificaba a su vez su rechazo a la prórroga de la cesión dado que esas necesidades señaladas por EVA son cubiertas por la Administración, que ha reforzado el área social "con 264 nuevos trabajadores sociales, ayudando a más de 153.000 personas, sin perjuicio de las asociaciones, ONG o fundaciones que reúnen entre sus fines el suministro de comida a familias desfavorecidas, extremo que, como se ha demostrado, no es el caso de la asociación EVA".

A lo que añadía que "el destino del bien inmueble objeto de litigio, por razones exclusivas de interés general, es necesario para un uso distinto (Samur Emergencias) del que gratuitamente (cultural, lúdico-festivo) venía disfrutando la Asociación EVA".

"En ningún caso la actividad cultural, lúdico-festiva puede prevalecer en intensidad necesaria de protección respecto de los intereses generales relativos a la salud de las personas que pretende el Ayuntamiento de Madrid al ceder dicho inmueble al Samur", alegaba el Consistorio.

El juzgado resuelve que sólo otorgaría una medida cautelar positiva como la solicitud de prórroga de la autorización cuando quedara acreditado que la no adopción de la misma conllevara la pérdida de la finalidad del recurso y perjuicios irreparables.

"Y en el presente caso, las actividades caracterizadas de la asociación (los talleres de reparación de bicicletas, de baile, y de costura, clases de instrumento musical, ensayos de grupos de música, ensayos de coro, clases de idiomas, de yoga, grupos de teatro, de consumo, tertulia literaria, radio Arganzuela, ropero solidario, grupo de crianza y de lactancia, reuniones de numerosos colectivos como asociaciones de discapacidad o de defensa de la vivienda), reflejadas en la memoria de actividad presentada a la Junta de Distrito, se encuentran paralizadas desde que se decretó el estado de alarma, en marzo de 2020", apostilla el auto.

Actividades que pueden continuar "al margen del inmueble"

A lo que une que, desde entonces, el EVA "cerró las puertas del Mercado de Frutas y Verduras y suspendió toda su actividad, sin perjuicio de que mantiene su estructura organizativa y asambleas de manera virtual, modo de operar que se comprende puede seguir realizándose al margen del uso del inmueble".


En cuanto a la despensa solidaria, el Juzgado número 31 señala que "en la actualidad, (el EVA) informa que se reduce a 90 familias". "Con independencia de que no se trate de una actividad expresamente prevista por sus estatutos, dicha asistencia aparece en la actualidad suficientemente cubierta por los Servicios Sociales y numerosas asociaciones que colaboran en el cumplimiento de los fines municipales, entre otras Cruz Roja, Fundación José María Llanos, FACIAM, Cáritas, Fundación Amigos de los Mayores o sindicatos, como UGT y CC.OO.".

Todas ellas constan en la relación de subvenciones nominativas del Ayuntamiento para 2021. La Junta Municipal de Arganzuela, por otro lado, asegura que, desde que comenzó la pandemia hace un año, ha firmado contratos de emergencia que se han traducido, a 31 de enero, en la entrega de más de 5.521 cestas de comidas entre 17.193 personas y 70.000 menús a domicilio.

En cuanto a la futura base del Samur, el juzgado destaca que "no ofrece duda la prevalencia de los intereses generales en juego, que trascienden no sólo a la asociación, sino a todo el distrito, para proyectarse sobre toda la ciudad de Madrid".

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